Oliver García.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó la validez de los comicios y la constancia de mayoría como gobernador electo del estado de Hidalgo a Julio Ramón Menchaca Salazar, por lo que hay impedimento legal para que asuma la primera magistratura el próximo lunes.
Al considerar que las irregularidades en el proceso electoral no fueron suficientes para decretar la nulidad como lo pedía la candidata perdedora Carolina Viggiano Austria.
Los magistrados mencionaron las faltas para evitar la repetición y que en un futuro resulten en causales de nulidad de otras elecciones, pues en este caso no hubo más elementos para acreditar cómo las infracciones habrían provocado la diferencia de 31 por ciento entre primer y segundo lugar, equivalente a 323 mil 31 votos.
La parcialidad del presidente de la República, coincidencia con el proceso de revocación de mandato, supuesto turismo electoral, violencia política de género, rebase de topes de gastos de campaña, propaganda calumniosa e intervención de servidoras y servidores de primer nivel fueron los señalamientos en el juicio de revisión constitucional SUP-JRC-82/2022, resuelto por el magistrado Indalfer Infante González.
El presidente Andrés Manuel López Obrador vulneró los principios de equidad, imparcialidad y neutralidad en la contienda por los comentarios vertidos en conferencia mañanera, en la que se hacía referencia a supuestas propuestas de campaña de Viggiano Austria.
Sin embargo, no existen elementos de prueba que demuestren que las manifestaciones –en las que afirma que se buscaba eliminar los programas sociales– tuvieron una incidencia trascendental en los resultados.
La magistrada Janine Otálora Malasis consideró que al ser el titular del Ejecutivo debe atender un deber de cuidado mayor en sus expresiones, pues su sola presencia puede impactar en el electorado.
Felipe de la Mata Pizaña y Reyes Rodríguez Mondragón propusieron que se contabilice el tiempo de intervención y se sume a los gastos de campaña del ganador.
Los magistrados coincidieron en que miembros del gabinete federal, gobernadores, alcaldes, diputados, síndicos y regidores trasgredieron la neutralidad en la contienda y, por consiguiente, el 134 constitucional.
Felipe Alfredo Fuentes Barrera pidió a los funcionarios “contención, cautela y prudencia”; además, Rodríguez Mondragón sostuvo que se trató de una “campaña” orquestada, ya que las referencias y tipo de discurso sobre la Cuarta Transformación fueron similares para beneficiar a Menchaca.
Infante sostuvo que no hubo violencia política de género contra Viggiano Austria; no obstante, la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso disintió por la expresión “no bastó con casarse con los dueños de”, emitida en un video, en referencia al matrimonio de la excandidata, con lo que se le estereotipa con una dependencia a su cónyuge.
Respecto del turismo electoral, Infante señaló que no se aportaron elementos para acreditar “de manera plena” que 106 mil 328 cambios de domicilio de ciudadanos y ciudadanas a Hidalgo fueron irregulares y se realizaran para favorecer al candidato ganador, además de que los partidos de la coalición Va por Hidalgo estuvieron en posibilidad de realizar observaciones al padrón electoral.
El proyecto propuso dar vista al Instituto Nacional electoral (INE) para que investiga altas y bajas con corte al 17 de junio. José Luis Vargas Valdez se pronunció contra la vista, pues de los elementos, dijo, no hay indicios para sugerir turismo electoral.
Reyes Rodríguez Mondragón señaló que la propaganda indebida sobre la figura presidencial con motivo de la revocación de mandato, que fue colocada en Hidalgo pudo influir en el proceso comicial; en tanto, Janine Otálora Malasis consideró que debe analizarse la conveniencia de que la revocación concurra con alguna elección.
El magistrado Felipe de la Mata Pizaña señaló que faltaron elementos, pero si se hubiesen acreditado, la elección pudo anularse, sin importar la diferencia de 30 por ciento entre el primer y segundo lugar.