La Sala Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al organismo jurisdiccional local revisar los asuntos relacionados con los candidatos de Movimiento Regeneración Nacional (Morena) en Tlaxcoapan y Zempoala.
En ambos juicios los actores impugnaron sendas sentencias emitidas por el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo relacionadas en las cuales determinó tener por no presentadas las demandas ante esa instancia jurisdiccional local.
En los asuntos se estimó que el organismo realizó una inexacta interpretación de la ley, al exigir a los promoventes de los juicios locales que acreditaran su personería acompañando copia de su credencial de elector, cuando tal requisito no está previsto en el orden jurídico electoral hidalguense tratándose de medios de impugnación promovidos por propio derecho.
Según los magistrados, esta personería se debe acreditar en los casos en que se promueve en nombre y representación de otro, ya que, en tal supuesto se debe probar que se otorgó poder o mandato para ese efecto.
Asimismo, el pleno consideró que la razón por la que no aplica el requerimiento estriba en que se debe presumir que quien acude como ciudadano a la instancia electoral cuenta con tal calidad, salvo prueba en contrario. Por tanto, ambas sentencias combatidas fueron revocadas por unanimidad.
Por Oliver García