Jocelyn Andrade.- El Congreso de Hidalgo no incurrió en violencia política de género por la disposición que contempla una gubernatura de dos años para el periodo 2028-2030, determinó la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF); con ello, ratificó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) que descartó responsabilidad del Poder Legislativo.
La controversia surgió por una norma transitoria que redujo de manera excepcional a dos años el próximo periodo de gobierno estatal; el planteamiento tomó relevancia porque 2028 corresponde aplicar la alternancia de género para garantizar la postulación de una mujer a la gubernatura.
La resolución federal derivó del juicio SCM-JDC-255/2026, presentado por una ciudadana que solicitó mantener sus datos personales bajo reserva; la mujer impugnó la decisión del tribunal estatal al considerar que el Congreso local incurrió en violencia política de género, tolerancia institucional y falta de acciones para corregir la situación.
Los magistrados coincidieron con el TEEH en que el procedimiento utilizado por la ciudadana no era el adecuado para revisar si una norma constitucional es válida o no; explicaron que ese tipo de procedimiento sirve para analizar posibles infracciones electorales, no para decidir sobre la constitucionalidad de una disposición.
La Sala Regional señaló que una modificación a la ley, por sí sola, no representa una falta electoral que pueda ser sancionada, por lo cual confirmó la resolución del tribunal estatal y dejó sin efecto los señalamientos contra el Congreso de Hidalgo por la norma relacionada con la duración de la gubernatura de 2028-2030.
