Oliver García.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia del Tribunal de Hidalgo, en la cual declaró existente la violación al principio de neutralidad e imparcialidad, atribuidas al canciller Marcelo Luis Ebrard Casaubón y el gobernador electo, Julio Menchaca Salazar.
En el procedimiento especial sancionador TEEH-PES-088/2022 y su acumulado, los magistrados locales determinaron que el secretario de Relaciones Exteriores, el mandatario electo, Morena, el Partido del Trabajo y Nueva Alianza incurrieron en la conducta.
Esto, derivado de la asistencia a un evento del mencionado candidato en el que intervino realizando manifestaciones en su favor.
Son embargo, en el expediente: SUP-JE-232/2022, el magistrado Indalfer Infante Gonzales consideró modificar la calificación de la gravedad efectuada por el Tribunal Electoral de Hidalgo.
Por otra parte, el pleno confirmó el dictamen consolidado INE/CG567/2022 y la resolución INE/CG568/2022 del Consejo General del INE, respecto de las irregularidades encontradas en la revisión de los informes de ingresos y gastos de campaña de la gubernatura que impugnaron por separado el Verde y el PAN.
