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    *Incongruencia legislativa

    30 julio, 2019 Deslinde
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    Alberto Witvrun.-El 27 de agosto de 2012 se publicó en el periódico oficial del Gobierno de Hidalgo mediante el decreto 283 la Ley de Protección a Personas Defensoras de Derechos Humanos y de Salvaguarda de los Derechos para el Ejercicio del Periodismo, esta ley que si bien no está reglamentada garantiza el ejercicio del periodismo, que en su momento fue calificada como la más avanzada en esta materia del país.

    El 30 de abril de este año los diputados Ricardo Baptista González y Areli Maya Monzalvo, propusieron al pleno de la 64 Legislatura una iniciativa para modificar el Código Penal, para eliminar los delitos contra el honor, ya con el antecedente de que en la 63 Legislatura, el 29 de mayo de 2018 la diputada Mariana Bautista de Jesús, había presentado una iniciativa similar.

    Más, el 25 de julio, la integrante del Grupo Universidad Elsa Ángeles Vera, utilizando el Mecanismo Federal de Protección a Periodistas, armó una reunión del ciudadano Leonardo García Vázquez con la Comisión de Justicia de la 64 Legislatura a fin de acelerar la aprobación de la iniciativa de Baptista González y Maya Monzalvo, aunque más con un trasfondo político que con un afán de protección.

    Por eso era una total incongruencia del grupo parlamentario de Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) proponer en su proyecto de reforma electoral un atentado contra la libertades de prensa y de expresión, expuesto en el Artículo 35: “En todas las etapas del proceso electoral los medios de comunicación deben respetar el honor y prestigio de los candidatos, precandidatos, representantes de estos y dirigentes de los partidos políticos”.

    “El Instituto Estatal Electoral apoyará a las candidatas y candidatos que soliciten el derecho de réplica para que sea ejercido en los términos dispuestos por la Ley”. “Los medios de comunicación que difundan información falsa durante el proceso serán objeto de amonestación pública por parte del Consejo General del IEE, independientemente de las penas y medidas en que incurran por esta conducta”.

    Para bien de la democracia, se dio marcha atrás a esta propuesta se contraponía a la Ley de Protección a Personas Defensoras de Derechos Humanos y de Salvaguarda de los Derechos para el Ejercicio del Periodismo vigente y a la propuesta del presidente de la Junta de Gobierno, porque además sin consultar a los consejeros electorales, les querían endilgar funciones de ministerio público y de juez, en abierto atentado a libertades fundamentales para la democracia.

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