Manuel Castellanos.- Personas violentadoras familiares o políticas de género y deudores alimentarios morosos, no podrá ser postulados a cargos de elección popular.
Esto al aprobar la 65 Legislatura al Congreso de Hidalgo con 21 votos el dictamen que modifica y adiciona un tercer párrafo, a la fracción I del Artículo 24 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo.
Resolución de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales tras analizar las inicistivas de Lisset Marcelino Tovar y Miguel Ángel Martínez Gómez.
En tribuna Marcelino Tovar expuso que sujetos activos de violencia familiar pueden ser servidores públicos y hay quienes buscan un cargo de elección popular, lo que se contrapone a una sociedad que aspira a tener servidores públicos ejemplares.
De tal manera, no podrán ser postuladas las personas que estén cumpliendo sentencia ejecutoriada por algún delito contra el normal desarrollo psicosexual, violencia familiar o violencia política de género; así como quienes sean deudores alimentarios morosos, salvo acrediten estar al corriente del pago, cancelen esa deuda o tramiten el descuento correspondiente.
Será el Instituto Estatal Electoral (IEEH) quien verifique el cumplimiento de esta disposición.
También se aprobaron otros cuatro dictámenes:
con 18 votos que reforma y adiciona disposiciones de la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
También seis iniciativas fueron presentadas ante el Pleno Legislativo, resueltas en un solo dictamen una destacable es la disposición de que estado y municipios deberán instrumentar medidas presupuestales y administrativas para hacer frente a la Alerta de Violencia de Género Contra Mujeres, que pueda ser emitida por la Secretaría de Gobernación.
Además canalizar y trasladar sin demora alguna a mujeres o niñas, en situación de violencia sexual a las instituciones que integran el Sistema Nacional de Salud para que gratuitamente tengan servicios de: aplicación de antirertrovirales de profilaxis post-exposición, anticoncepción de emergencia y realización de estudios médicos sobre enfermedades de transmisión sexual, previo consentimiento de la víctima.
Igual que las sedes de los poderes y ayuntamientosserán puntos violetas.
Otro dictamen aprobado la iniciativa que reforma y adiciona fracciones del Artículo 11 Bis de la Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Eliminar la Discriminación en Hidalgo, para mujeres por embarazo y madres amamantadoras.
Con ello, se garantiza a las mujeres embarazadas y madres amamantadoras.
Otro dictamen aprobado fue la reforma y adiciones a la Ley de la Cultura Física, Deporte y Recreación de Hidalgo.
Tras obtener 20 votos a favor, se incorpora elementos sobre el fomento a la profesionalización de entrenadoras, entrenadores deportivos, la detección de nuevos talentos deportivos, la inclusión de la perspectiva de género y no discriminación en la practica deportiva y la actividad física.
Por último, el dictamen que contiene reformas el artículo 145 y se adicionan diversas fracciones al Artículo 145 de la Ley Orgánica Municipal para que en cada municipio exista una Instancia para el Desarrollo de las Mujeres, a cargo de una mujer, quien deberá con estudios superiores y un año de experiencia en temas de género, igualdad sustantiva, prevención de la violencia de género y defensa y promoción de derechos humanos de las mujeres.
Además deberá coordinarse con la Comisión de Igualdad y de Género del ayuntamiento, a efecto de diseñar e implementar un programa municipal de erradicación de la violencia a la mujer.
También fue leído el acuerdo que contiene las bases generales del Congreso de Hidalgo para la realización de consultas a personas con discapacidad.
Lo anterior, emitido por la Junta de Gobierno y permitirá contar con un instrumento jurídico para incorporar como fase del proceso legislativo el mecanismo de consulta a personas con discapacidad.