Alfredo Chavarría Romero, quien se identifica como un ciudadano con discapacidad, controvirtió la sentencia ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) la sentencia del organismo jurisdiccional local que negó que deban establecerse cuotas en las planillas de la elección 2020 para personas en esta condición.
Insistió en que existe omisión del Congreso de legislar a fin de garantizar el derecho de participación y representación política de este sector para tener candidaturas de elección popular en los partidos políticos en los comicios locales o para cargos de designación directa.
El 19 de septiembre, el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) desechó el juicio con el argumento de que podría resultar contraproducente realizar esta diferenciación en la normativa, implementar acciones afirmativas o imponer medidas compensatorias.
La magistrada Mónica Patricia Mixtega Trejo sostuvo que no existen disposiciones internacionales que vinculen al Estado mexicano para garantizar espacios para este sector; incluso, dijo, podría ser inconveniente, pues muchas personas con discapacidad podrían ser “acosadas” por los partidos para que los incluyan en sus planillas, a fin de cumplir con la normativa.
Esto, añadió, podría generar una carga que limite el derecho a la igualdad de participación, pues no es equivalente al acceso de integrantes de las comunidades indígenas o la paridad de género.
Por Oliver García