Jocelyn Andrade.- La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) modificó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) sobre la participación de la representante de San Antonio Sabanillas en el cabildo de Cardonal, al considerar que la determinación local invadió atribuciones del ayuntamiento y estableció obligaciones sin considerar su organización interna.
El asunto derivó del juicio SCM-JG-35/2026, promovido por la presidenta municipal Karla Monserrat Hernández Cerroblanco y el síndico procurador José Luis Cerrito Simón contra la sentencia TEEH-JDC-064/2026, que dejó sin efectos el oficio mediante el cual el cabildo informó a Lourdes Vázquez Reyes que solo recibiría convocatorias para sesiones con asuntos vinculados con la comunidad indígena que representa.
La resolución de la Sala Regional señaló que el tribunal estatal estableció una regla general al ordenar la convocatoria a todas las sesiones, además de la entrega de documentación e información, un espacio dentro del recinto y medios para intervenir con voz; sin embargo, los magistrados coincidieron que esa determinación podía extenderse a representantes indígenas de todas las comunidades de un municipio, sin considerar las condiciones particulares de cada ayuntamiento.
El magistrado José Luis Ceballos Daza sostuvo que la reforma constitucional de 2024 abrió una etapa de transición normativa sobre los alcances de la representación indígena en los cabildos, debido a que todavía faltan disposiciones que definan las formas de intervención y su relación con la organización municipal prevista en el artículo 115 constitucional y señaló que corresponde a los ayuntamientos desarrollar esa participación conforme a sus condiciones operativas y logísticas.
La presidenta de la Sala Regional, María Cecilia Guevara y Herrera, respaldó el proyecto al reconocer el derecho de representación de San Antonio Sabanillas ante el ayuntamiento de Cardonal, aunque precisó que ese derecho no puede impedir la operación del cabildo; la magistrada Ixel Mendoza Aragón planteó desechar el recurso por falta de legitimación de la presidencia municipal, postura que no prevaleció en la resolución.
