Jocelyn Andrade.- El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) declaró improcedente el asunto relacionado con la difusión del proceso de revocación de mandato solicitado por Tonatiuh Herrera Gutiérrez, en el cual el promovente buscó que diversas autoridades, entre ellas el Congreso local y el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH), utilizaran tiempos oficiales de radio y televisión para informar sobre dicho mecanismo.
El Pleno del órgano jurisdiccional atendió el medio de impugnación reencauzado por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y durante la sesión, la magistrada Lilibet García Martínez presentó el proyecto correspondiente al expediente TEEH-JDC-103-2025 y concluyó que el juicio no cumplía con los supuestos legales.
Expuso que la normativa sólo permite la difusión institucional cuando existe convocatoria formal y declaración del inicio del proceso, por lo cual el análisis del expediente incluyó la revisión del requisito de apoyo ciudadano previsto para activar la figura de revocación de mandato.
Según lo expuesto en el proyecto, el porcentaje necesario para validar la solicitud no se alcanzó, pues la legislación exige el 10 por ciento del listado nominal y por esa razón, el Pleno concluyó que no se configuró el escenario legal que permitiría el inicio del procedimiento.
La magistrada indicó que, ante la ausencia de convocatoria, resultó improcedente cualquier exigencia relacionada con el uso de tiempos oficiales, pues la falta de cumplimiento de los requisitos legales impide la existencia de un acto que pudiera ser difundido por autoridades locales.
