Juan Manuel Pérez.- El secretario general del Tribunal Superior de Justicia (TSJEH) Reynaldo Soto Ponce, explicó que las víctimas de violencia digital deben tener confianza en denunciar, pues con las reformas al Código Penal y a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de 2021, juezas y jueces cuentan con mayores herramientas para sancionar este delito de manera específica.
Soto Ponce recordó que estas modificaciones a la ley son en respuesta al reclamo de muchas mujeres que no eran atendidas a esa vulneración de sus derechos, toda vez que anteriormente el ilícito se consideraba dentro de los supuestos del abuso sexual, lo que limitaba el alcance de las sanciones; no obstante, ahora es posible identificarla como una conducta específica.
De acuerdo con la legislación, el delito clasificado como violación a la intimidad sexual es cometido por aquella persona que, sin el consentimiento de quien pueda otorgarlo, produzca, publique, difunda, distribuya o comparta, a través de cualquier medio, conversaciones, imágenes, audios o videos de carácter o contenido íntimo sexual, erótico o pornográfico, y se le impondrá de tres a seis años de prisión y de 200 a 500 días multa.
Además, la misma pena se impondrá a quien videograbe, audiograbe, fotografíe, imprima o elabore imágenes, audios o videos con contenido íntimo sexual, erótico o pornográfico de una persona sin su consentimiento; y se aumentará hasta en una mitad cuando el delito sea cometido por cualquier persona con la que la víctima tenga o haya tenido una relación y/o se empleare violencia.
Desde marzo de 2021, en que entró en vigor la nueva ley, hasta junio de 2023, el Poder Judicial del Estado de Hidalgo a cargo de la magistrada presidenta Rebeca Aladro Echeverría ha dado trámite a 25 asuntos por el tipo penal de violación a la intimidad sexual, por lo que se destacó la importancia de que las víctimas denuncien, al tiempo de hacer un llamado a la ciudadanía para evitar la generación de este delito.