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    Ordena ASEH a Contraloría de Tlaxcoapan informe de investigación 

    25 septiembre, 2022 Municipios
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    Miguel Á. Martínez. Tlaxcoapan. Luego de que los regidores del ayuntamiento de Tlaxcoapan, Bessie Cerón Tovar y Miguel Ángel López Hernández, denunciaran ante la Auditoría Superior del Estado de Hidalgo (ASEH), un probable desvío de recursos del alcalde Jaime Pérez Suárez, el órgano fiscalizador, ordenó a la Contraloría municipal dar a conocer los resultados de la investigación sobre el tema, así como, informar si se ejerció procedimientos administrativos o legales a consecuencia de la posible anomalía.

    Mediante el oficio de contestación ASEH/DGAJ/1098/2022, el ente estatal, estipula que la titular de la Contraloría interna, Gabriela García Alonso, que dispone de 15 días hábiles -a partir de la notificación- para dar contestación a los requerimientos estipulados, de lo contrario se haría acreedora a una sanción de 100 veces la Unidad de Medida y Actualización, equivalentes a 9 mil 622 pesos.

    Del escrito la Contraloría de Tlaxcoapan, fue notificada el pasado 26 de agosto, por lo que, la fecha legalmente establecida, venció el pasado 19 de septiembre, pero se desconoce si el órgano de control interno cumplió o no con el mandato de la Auditoría, a través de la dirección de Asuntos Jurídicos.

    Respecto al asunto, Miguel Ángel López señaló que, al menos a ellos, ni a la regidora Bessie Cerón o al personalmente como actores denunciantes les notificaron de nada, pero aclaró que ignora si, en efecto, la Contraloría tenía que hacerlo, o si se trataba de una contestación que sólo debía recibir la ASEH.

    Cabe recordar que el presunto desvío de recursos del que los ediles señalan como responsable a Jaime Pérez viene de que, en 2021, el municipio ejerció gastos por 12 millones de pesos que no fueron autorizados ni adecuados por el ayuntamiento durante el anterior ejercicio fiscal.

    El recurso observado por los ediles como presunto desvío de recursos apenas fue aprobado en adecuación el viernes pasado, más de nueve meses después de lo estipulado en términos legales por la Ley Orgánica municipal.

    El artículo 95 quinques de la Ley Orgánica municipal estipula en su fracción novena que las modificaciones presupuestales únicamente deben realizarse en el ejercicio fiscal de su vigencia, cosa que no ocurrió, por lo que, de acuerdo con Bessie Cerón y Miguel López, se incurrió en un desvío de recursos.

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