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    Estás leyendo:Home»Sociedad»Luz verde del TEEH a otros cinco municipios

    Luz verde del TEEH a otros cinco municipios

    5 julio, 2024 Sociedad
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    Jocelyn Andrade.- El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH), anuló dos casillas electorales de Mineral de la Reforma, porque tuvieron como funcionarios de casilla a personas que no pertenecían a la sección electoral en la que fungieron, lo que no alteró el resultado, además se declararon validas las elecciones en Tianguistengo, Huichapan, Zacualtipán y Tlanalapa.
    Lo anterior, tras la queja presentada en el juicio ciudadano 264, los magistrados coincidieron en que en dos casillas se acreditó que los funcionarios si pertenecían a otra sección, por lo cual fueron anuladas y en consecuencia se modificó la votación válida emitida; pero no así el resultado final, por lo cual se declaró la validez en favor de Eduardo Medécigo. 
    Asimismo, se declaró la validez en los municipios de Tlanalapa y Zacualtipan, en donde Morena denunció la utilización de las frases Cuarta Transformación en la propaganda política del Partido del Trabajo (PT), pues de acuerdo a su manifestación esto podía confundir a los electores. 
    Al respecto, los magistrados señalaron que las frases correspondientes a la 4T, no son exclusivas de Morena, por lo cual se desecharon los agravios y se confirmó la validez de los resultados. En Tianguistengo, se acusó la ilegibilidad de Febronio Rodríguez, por no hacer dejado el cargo antes de la elección; pero se declaró inoperante pues su cargo era como maestro y se pide la licencia o renuncia a sus cargos anteriores para los candidatos, cuando se trata de funcionarios municipales, estatales o federales, y no aplica a docentes; por tanto también se confirmó el resultado. 
    Finalmente, en el municipio de Huichapan, un aspirante independiente, pretendía la nulidad de la elección, bajo el argumento de que no tuvo el suficiente tiempo para realizar campaña, pues se aprobó de manera tardía su candidatura. 
    No obstante, los magistrados determinaron como inoperantes e infundados los agravios, pues su candidatura tardía se debió a que se agotaron los tiempos de la cadena impugnativa para que fuera aprobada y no por asunto de dolo de la autoridad electoral, por lo cual también se validó el resultado. 

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