* Mtro. Víctor Juárez González
La ética está presente en todas las profesiones y, en general, en todas las actividades humanas, pues orienta la conducta humana de un modo racional para formar un buen carácter que ayude a tomar buenas decisiones en la vida, a buscar la excelencia en el actuar y detectar las cosas que no son buenas para la humanidad, es decir, hacer el bien y evitar el mal.
El derecho es un mínimo de normas éticas indispensables que buscan el buen funcionamiento de la sociedad. No obstante ello, estas normas frecuentemente son infringidas por diversas causas, entre ellas la ausencia de la ética, ya que cuando una persona conoce y es consciente del alcance de su actuar en una sociedad, de las obligaciones y compromisos que tiene con ésta y con base en ello dirige su actuar, implícitamente está haciendo lo que le corresponde; no sólo está cumpliendo normas jurídicas, sino también éticas, que benefician el bien personal y el bien social.
La ética judicial está encaminada a orientar la conducta del juzgador y no es distinta a las otras éticas, pues busca que el actuar de los juzgadores sea excelente; como lo ha referido Manuel Atienza, el “buen juez” no es simplemente el que cumple ciertas normas de conducta y no incurre en responsabilidad penal, civil o disciplinaria, sino el que ha desarrollado ciertos rasgos de carácter que constituyen las virtudes judiciales.
Por su parte, el Poder Judicial del Estado de Hidalgo a lo largo de los años ha trabajado para brindar a las personas una justicia libre de impunidad, enalteciendo los valores y principios que como poder público está obligado a respetar; atento a ello actualizó su Código de Ética y a su vez emitió un Código de Conducta, con la finalidad de orientar a las personas servidoras públicas que laboran en esta institución, sin dejar de lado a las y los auxiliares de la impartición de justicia, para conducirse bajo ciertos principios, reglas y valores que se convierten en hábitos, y que a su vez fomentan un ambiente laboral sano, que eleva la imagen pública de la institución y la confianza de la sociedad.
El Código de Ética y el Código de Conducta del Poder Judicial del Estado de Hidalgo son instrumentos preventivos que se complementan entre sí. El primero de ellos es una disposición que está conformada con principios, valores y reglas de integridad considerados fundamentales para la definición del rol del servicio público, y que buscará incidir en el comportamiento y desempeño de las personas servidoras públicas del Poder Judicial para que en su actuación impere una conducta digna que responda a las necesidades de la sociedad y que oriente su desempeño; y el segundo es el documento en el que se especificará de manera puntual y concreta la forma en que las personas servidoras públicas aplicarán los principios, valores y reglas de integridad contenidas en el Código de Ética.
Asimismo, las violaciones directas al Código de Ética y al Código de Conducta del Poder Judicial del Estado de Hidalgo serán conocidas por el Comité de Ética del Poder Judicial, el cual actualmente está conformado por la presidenta del Tribunal Superior de Justicia, la presidenta del Tribunal de Justicia Administrativa, un consejero de la Judicatura, un magistrado del Tribunal Superior de Justicia y una jueza.
* Consejero presidente de la Comisión de Investigación y Estudios Jurídicos del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Hidalgo
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