Por establecer el cobro de derechos de alumbrado público por usuario en sus leyes de ingresos 2020, la María del Rosario Piedra Ibarra, presidenta de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) interpuso la acción de inconstitucionalidad contra 75 ayuntamientos de Hidalgo.
El organismo autónomo menciona que controvirtió las normas locales porque establecen el cobro de un impuesto por sujeto particular, pese a que el alumbrado es de beneficio de todos los habitantes de los municipios.
Asimismo, señala que este “derecho” constituye un gravamen respecto de la energía eléctrica y establecerlo compete únicamente al Congreso de la Unión.
“El cobro de derechos por alumbrado público solamente puede establecerse en función al costo que genera la prestación del servicio, no así de manera diferenciada respecto del consumo personal de los habitantes del municipio”, menciona.
Por tanto, señala, el marco legal trasgrede los principios de legalidad y proporcionalidad en las contribuciones previstos en los artículos 14, 16 y 31, fracción IV, de la Constitución Federal.
Por otra parte, las leyes también prevén cobros “excesivos, desproporcionados e injustificados” por la reproducción de información pública que sea solicitada por la ciudadanía en copias simples, impresiones, discos compactos y por digitalización en dispositivos magnéticos.
Además, establecen cobros distintos e injustificados por copias e impresiones, aunque se trate de los mismos materiales empleados para su reproducción. Por lo tanto, vulneran el derecho de acceso a la información, así como los principios de gratuidad en el acceso a la información y proporcionalidad en las contribuciones.
Entre los señalados se encuentran las principales ciudades del estado: Tulancingo, Tula, Pachuca, Mineral de la Reforma, Ixmiquilpan, Tizayuca, Apan, Huejutla de Reyes, Atotonilco de Tula, Cuautepec, Epazoyucan, Mineral del Monte, Tepeji, Tezontepec de Aldama, San Agustín Tlaxiaca, Zempoala y Zapotlán de Juárez, entre otros.
Por Oliver García