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    Estás leyendo:Home»Entre Periodistas»Derechos de las audiencias y el riesgo de imposiciones

    Derechos de las audiencias y el riesgo de imposiciones

    1 julio, 2025 Entre Periodistas
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    Andrés A. Solis*
    El 8 de junio de 2020 se publicó la Ley de secreto profesional y cláusula de
    conciencia para el ejercicio periodístico de la Ciudad de México, que incluye la
    obligación de los medios de información basados en la capital del país de contar
    con un código de ética que garantizara su autorregulación y que sirviera como
    base para la protección del derecho de cláusula de consciencia de cada
    periodista.
    Cinco años después, prácticamente ningún medio que tenga oficinas en la ciudad
    ha cumplido con este mandato.
    Ahora el Senado de la República aprobó la Ley en materia de telecomunicaciones
    y radiodifusión que incluye algunos aspectos positivos como el Artículo 209 que
    establece que “con la finalidad de evitar la transmisión de publicidad engañosa, sin
    afectar la libertad de expresión y de difusión, se prohíbe la transmisión de
    publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa”.
    Es un articulado que claro que provoca el rechazo de muchos medios privados
    acostumbrados a engañar a las audiencias mostrando precisamente publicidad y
    propaganda, disfrazada de noticias.
    Veremos si los medios públicos pondrán el ejemplo y dejen de hacer lo mismo.
    El capítulo IV incluye derechos de las audiencias y obligaciones de los medios
    electrónicos de radio, televisión y digitales.
    La fracción III del Artículo 228 establece que es un derecho de las audiencias “que
    se diferencie con claridad la información noticiosa de la opinión de quien la
    presenta”.
    Y claro, porque muchos y muchas figuras de la radio y la TV, presentadores de
    noticias y opinólogos son más proclives a opinar que informar, intentando influir en
    el público en función de sus filias y sus fobias y no a partir de la presentación de
    datos y hechos.
    Esto aplica para quienes trabajan en medios privados y públicos, pero también a
    aquellos sedicentes periodistas que dicen hacer periodismo en plataformas
    digitales, cuando en realidad sólo opinan.
    La ley establece la obligación de los medios de contar con Códigos de Ética que
    normen su conducta u la forma en cómo deben respetar los derechos de las

    audiencias y esto seguro generará la misma reacción negativa como cuando se
    aprobó la ley de secreto profesional en la CDMX.
    Lo peligroso viene cuando esta ley da facultades intrusivas a la Agencia de
    Transformación Digital y Telecomunicaciones, convertida de por sí, en un órgano
    con poderes de una Secretaría de Estado.
    La ley dice:
    Artículo 228: (…) Los Códigos de Ética se deberán ajustar a los lineamientos que
    emita la Agencia, los cuales deberán asegurar el cumplimiento de los derechos de
    información, de expresión y de recepción de contenidos en términos de lo
    dispuesto en los artículos 6o. y 7o. de la Constitución.
    Artículo 231. Los concesionarios que presten servicio de radiodifusión deberán
    contar con una defensoría de audiencia, que podrá ser del mismo concesionario,
    conjunta entre varios concesionarios, o a través de organismos de representación.
    El defensor de la audiencia será el responsable de recibir, documentar, procesar y
    dar seguimiento a las observaciones, quejas, sugerencias, peticiones o
    señalamientos de las personas que componen la audiencia. La Agencia emitirá los
    lineamientos donde se establezcan las obligaciones mínimas que tendrán que
    cumplir los defensores de las audiencias en términos del último párrafo del artículo
    228 de la presente Ley, a fin de garantizar la adecuada protección de los derechos
    de las audiencias.
    Los códigos de ética y las defensorías de las audiencias por supuesto que son
    fundamentales para garantizar los derechos de las audiencias, pero permitir que
    una agencia de gobierno imponga los lineamientos mínimos es un riesgo para la
    libertad de expresión y la autorregulación de los medios.


    *Periodista, autor del “Manual de Autoprotección para Periodistas” y de la “Guía de
    buenas prácticas para la cobertura informativa sobre violencia”. Integrante del
    Consejo Consultivo del Mecanismo de Protección de Personas Defensoras de
    Derechos Humanos y Periodistas de la Secretaría de Gobernación. Conduce el
    programa “Expedientes MN”, que se transmite los viernes a las 18:10 hrs., por la
    cadena de Meganoticias

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