Jocelyn Andrade.- Tras considerar que los agravios eran infundados e inoperantes, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), desechó los 240 juicios de inconformidad que se presentaron en las elecciones presidenciales en Hidalgo.
Del total de los recursos, 194 fueron interpuestos por el Partido de la Revolución Democrática, 43 por Movimiento Ciudadano y dos más por el Partido Acción Nacional (PAN); sin embargo, los magistrados coincidieron en que las causales carecían de fundamento.
Entre los reclamos se establecían causales como la instalación de casillas en lugares distintos a los autorizados, votación recibida por personas no autorizadas o no registradas en el padrón electoral de la respectiva sección electoral, permitir sufragar a personas sin credencial de elector, violencia física ejercida durante la jornada electoral, entre otros.
No obstante, en la resolución se analizaron todos los argumentos y las pruebas, en las cuales los magistrados coincidieron en que los promoventes no proporcionaron datos exactos mediante los cuales se pudieran corroborar sus dichos, así como que estos hubieran afectado el resultado de la votación.
Por lo tanto, se calificaron como infundados e inoperantes los agravios, pues en los cambios de lugar de instalación de casillas siempre hubo una razón justificada, en el caso de que alguna persona hubiera votado sin credencial, no era determinante para anular la casilla; mientras que los presuntos hechos de violencia física no demostraron tiempo y lugar.
