Close Menu
Diario Vía Libre
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Últimas NoticiaS
    • Oseznos, a la caza de finales en la Conferencia Infantil de Fademac
    • Deporte y tradición brillarán en la Feria San Francisco 2025
    • Pagan factura las Tuzas ante Pumas, pero mantienen el invicto
    • LAFC vence a Pachuca en penales.
    • Andrés Velázquez rinde su primer informe legislativo
    • No cesan las ejecuciones; ahora en Tezontepec
    • Hundimientos reaparecen en el puente de Cececapa
    • Policías de la Industrial cursan la prepa abierta
    Diario Vía Libre
    Suscribete
    domingo, agosto 3
    • Inicio
    • Estatal
    • Política
    • Sociedad
    • Deportes
    • Seguridad
    • Columnistas
      • Deslinde
      • El rincón del chaman
      • Miradas de Reportero
      • Escribiendo derecho
      • Entre Periodistas
    Diario Vía Libre
    Estás leyendo:Home»Sociedad»Desechan juicio vs acuerdo firmado por regidora Aguilar

    Desechan juicio vs acuerdo firmado por regidora Aguilar

    26 agosto, 2021 Sociedad
    Facebook Twitter LinkedIn Email WhatsApp Copy Link Telegram
    Facebook Twitter LinkedIn WhatsApp Email Telegram Copy Link

    Oliver García.- Magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) desecharon un recurso promovido por Armando Azpeitia Díaz, así como síndico y regidores contra un acuerdo suscrito por la edil Brenda Aguilar Martínez con el Grupo Jurídico Consultor Nazar Cervantes Nery.

    Los quejosos acusaron a la actora de haber firmado en nombre del gobierno municipal, pero sin someterlo a consideración del máximo órgano del ayuntamiento, la Asamblea municipal.

    Por ello, buscaban que el organismo jurisdiccional dejara sin efectos el acuerdo y que el TEEH ordenara a la asambleísta abstenerse de volver a suscribir acuerdos de este tipo, según el juicio para la protección de los derechos políticos 125/2021.

    El magistrado Manuel Alberto Cruz Martínez señaló que el tema escapa a la materia electoral, por lo que propuso declararlo improcedente, como establece la fracción I del artículo 353 del Código Electoral.

    “Esta autoridad jurisdiccional cuenta con competencia para conocer el medio de impugnación, en virtud de que los promoventes hacen valer su agravio en vía de juicio ciudadano, la misma escapa de la competencia. El ayuntamiento es el único órgano facultado para determinar colegiadamente sobre los asuntos administrativos”, mencionó.

    Share. Facebook Twitter LinkedIn Email WhatsApp Telegram Copy Link

    Te puede Interesar

    Andrés Velázquez rinde su primer informe legislativo

    2 agosto, 2025

    Policías de la Industrial cursan la prepa abierta

    1 agosto, 2025

    Avanzan 22 perfiles para ser consejeros del IEEH

    1 agosto, 2025
    Facebook X (Twitter) Instagram
    © 2025 Diario Vía Libre. - Contacto. - Aviso de Privacidad.- Desarrollado por Innovatice Web Solutions.

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.