En el recurso de apelación interpuesto por Movimiento Regeneración Nacional (Morena) contra el registro del Partido Encuentro Social (PESH), el pleno del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) declaró infundados los argumentos y declaró fundado el acuerdo IEEH/CG/R/003/2019.
Esto, luego de que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) mandató al organismo local abordar el asunto, pues en un primer momento el TEEH emitió una sentencia en la que señalaba como improcedente el recurso legal.
Morena señaló que el PESH debió cumplir con el requisito de realizar asambleas para constituirse como ente local; sin embargo, los magistrados consideraron que el Instituto Estatal Electoral (IEEH) se apegó a la normativa, pues le otorgó registro porque en la elección previa, todavía como partido nacional, alcanzó más del 3 por ciento de votación.
Por otra parte, resolvieron el juicio TEEH-JDC-023-2019, en el cual se argumenta que la presidencia municipal de Tulancingo de Bravo fue omisa en garantizar que 12 comunidades indígenas cuenten con un representante en el ayuntamiento.
Los ponentes declararon parcialmente fundados los agravios, debido a que la Constitución establece el derecho a tener representación; sin embargo, el ayuntamiento no está facultado para generar las medidas administrativas, políticas, gubernamentales y reglamentarias para garantizar ese derecho.
La atribución es del Congreso local, pero la pretensión del promovente es inoperante porque el Legislativo se encuentra en proceso de crear los mecanismos para garantizar el acceso de los pueblos indígenas, por lo cual se propuso darle vista a la Cámara de Diputados.
Por Oliver García