* SOPOT notifica a Pachuca y Mineral de la Reforma carencia de facultad para emitir permisos
Oliver García.- Luego de que la Secretaría de Obras Públicas y Ordenamiento Territorial (SOPOT) notificó a los ayuntamientos de Pachuca y Mineral de la Reforma, que carecían de la facultad para emitir permisos de uso de suelo, porque no cuentan con el Programa Municipal de Desarrollo Urbano, estos plantearon dos controversias constitucionales ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Marco Antonio Vera Flores, subsecretario de Ordenamiento Territorial, manifestó a Vía Libre, que la ley establece que las administraciones locales deben contar con su programa municipal debidamente acreditado ante el Registro Público de la Propiedad y el Comercio.
Por ello, se comunicó a distintos municipios del estado sobre este requisito, necesario para emitir licencias de urbanización, de régimen de propiedad en condominio, fraccionamientos, subdivisión, usos del suelo, incluidas en la gestión del territorio, explicó.
El ayuntamiento capitalino interpuso el recurso 223/2019 –listado en los asuntos de la SCJN– en el que reclama al Poder Ejecutivo el acto contenido en el oficio SOPOT/0128/2019 fechado 3 de mayo de este año –sobre el impedimento–, así como la promulgación de la Ley Estatal de Asentamientos Humanos, que contiene la norma.
Asimismo, reclama al Poder Legislativo la publicación del ordenamiento en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH), a fin de que la Corte dirima si no se sobrepasan atribuciones y se interfiere con las del municipio.
Según el funcionario, Pachuca dio contestación al oficio y exhibió un documento para demostrar que tiene el registro de su plan desde el 2011, por lo que requerirá una actualización.
El proceso legal de Mineral de la Reforma fue confirmado a vía libre por el regidor Alfredo Hernández Cardoza, presidente de la Comisión de Asentamientos Humanos del cabildo, quien señaló que también se busca esclarecer si no, se invaden las facultades del municipio retirándole el permiso.
Respecto de este caso, el servidor mencionó que la presidencia municipal mineralense respondió que no estaba de acuerdo con el señalamiento y ha habido falta de comunicación.
Explicó que el documento no está registrado: “Esto lo demuestra su acta de cabildo del 30 de enero de 2017, donde en un punto de acuerdo tienen a bien revocar un acuerdo de ayuntamiento donde aprueban por unanimidad la debida actualización del Plan Municipal de Desarrollo de 2014, el cual no tiene registro”, expuso.
El subsecretario añadió que los municipios son libres de actuar como a sus intereses convenga, pero aseguró que el área está abierta para mantener una comunicación institucional, a fin de establecer un convenio de corresponsabilidad en tanto concluyen con sus procesos administrativos.