El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) señaló que el Congreso de Hidalgo violó el derecho de petición del ciudadano indígena Arturo Copca Becerra, pues no dio contestación a escritos sobre el proceso para la reforma que regirá los comicios de 2020.
La magistrada Mónica Patricia Mixtega Trejo, quien resolvió el expediente TEEH-JDC-012-2019, señaló que el Legislativo no otorgó orientación al actor, pese a que este se autoadscribe a un grupo vulnerable, por lo que ordenó dar contestación al promovente de manera inmediata, clara, congruente, y precisa.
Copca Becerra también acusó de omisión al Legislativo y al Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) por no realizar una consulta pública a los pueblos indígenas para conformar la reforma, a fin de cumplir con la sentencia del juicio JDC-056-2018, que mandata a los diputados a normar la postulación de integrantes de pueblos originarios para un cargo de elección.
El quejoso señaló que el Congreso local y el IEEH han realizado mesas de trabajo con los partidos políticos, pero no ha recabado la opinión de los habitantes de zonas autóctonas mediante una consulta.
Sin embargo, la ponente externó que hay una mala interpretación de la sentencia del tribunal, que no establece la consulta como mecanismo único para realizar las modificaciones a la ley electoral; además, expuso que el IEEH es una autoridad coadyuvante, por lo que la segunda parte de los agravios fue declarada infundada,
“Se vincula al Congreso Local para que, en el momento del proceso legislativo oportuno, escuche al actor, así como a las comunidades indígenas, a través de mecanismos idóneos, en los que se garantice el pleno desarrollo de sus derechos fundamentales. Asimismo, dentro de los dos días hábiles siguientes, deberá informar sobre la convocatoria o invitación realizada”, dice la sentencia.
Por Oliver García