Jocelyn Andrade.- La ampliación de cinco días para el registro de promoventes en la revocación de mandato del Ejecutivo estatal quedó sin efecto, pues la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que el plazo debía mantenerse conforme a la convocatoria original del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH), la cual concluía el 5 de octubre.
Durante sesión plenaria, los magistrados federales revocaron la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) que ordenaba extender el periodo de registro.
De acuerdo con la resolución, el tribunal local otorgó indebidamente legitimación al ciudadano Martín Camargo Hernández, quien no acreditó interés jurídico ni su intención de participar como promovente y quien el que impugnó en primera instancia el término, por lo cual el TEEH, resolvió ampliar cinco días.
La decisión coincidió con el criterio que en su momento expuso la magistrada local Rosa Amparo Martínez Lechuga, quien sostuvo que Camargo Hernández carecía de fundamento para impugnar la convocatoria y con esta determinación, la Sala Superior ordenó anular los registros realizados después del 5 de octubre.
Durante el periodo de ampliación se recibieron únicamente dos solicitudes, las de Miguel Ángel Ríos Quintanar y Fermín Pérez Lugo, mismas que quedarán sin efecto, pese a que el primero entregó dos apoyos en la plataforma del Instituto Nacional Electoral, mientras que Pérez no ingresó ninguno.
El juicio que originó la resolución se identificó con el expediente SUP-JDC-2465/2025, promovido por Pablo Apodaca Sinsel, uno de los ocho ciudadanos registrados en tiempo y forma como promoventes de la consulta de revocación de mandato en Hidalgo.
