Jocelyn Andrade.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inválidas diversas disposiciones de leyes de ingresos municipales en Hidalgo, pues los ministros resolvieron que las autoridades locales no pueden fijar cuotas que superen su competencia ni imponer tarifas sin justificación en los costos reales de los servicios.
En el caso de Hidalgo, la resolución alcanzó a decenas de municipios que establecieron pagos elevados por el acceso y reproducción de información pública.
El pleno determinó que esos montos no guardaron relación con el derecho de acceso a la información ni con el principio de proporcionalidad, y también invalidó disposiciones que fijaban cobros por solicitudes de información pública, por lo que estos pagos fueron considerados desproporcionados y carentes de sustento jurídico.
Con esta decisión, la SCJN reiteró que los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en tratados internacionales deben aplicarse de forma directa en todo el país, por lo cual los municipios involucrados deberán ajustar sus ordenamientos y eliminar las disposiciones invalidadas.
