La Sala Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia del organismo local y anuló la suspensión definitiva del regidor Eduardo Reyes Vargas, del Ayuntamiento de Atotonilco, decretada por la mayoría de los integrantes de la Asamblea.
El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) desechó la demanda solicitada por el edil contra el acuerdo de sus homólogos porque era incompetente para resolver una cuestión de índole administrativa, por lo que sería el Congreso local el que resolvería al respecto.
Sin embargo, el TEPJF sostuvo que cuando advirtió que el Ayuntamiento carecía de competencia para suspender de manera definitiva de su cargo al regidor, por corresponder tal decisión al debió analizar si con tal pronunciamiento se estaban violando los derechos político-electorales del actor, aspecto que es de su competencia.
Determinó que, de conformidad con la ley, la atribución del Ayuntamiento es para cubrir la ausencia de sus integrantes llamando al suplente, ante la inasistencia a tres sesiones consecutivas e injustificadas; mientras que al Congreso le es reservada la atribución de destituir mediante la figura de la revocación de mandato al funcionario electo.
De esa forma, la Sala Regional Toluca concluyó que la suspensión definitiva del regidor por parte del Ayuntamiento era indebida al haberse dictado por autoridad incompetente.
De ahí que revocó la sentencia impugnada; también anuló la determinación del Ayuntamiento de suspender de manera definitiva de su cargo al regidor actor, por lo que ordenó restituirle de forma inmediata en el uso y goce del derecho político-electoral que le fue vulnerado.
Por Oliver García