Itzell Molina.- Para garantizar que en los futuros procesos electorales en la entidad, los partidos políticos tomen en cuenta las “acciones afirmativas” encaminadas a visibilizar a los grupos sociales vulnerables, como son la comunidad LGBTTTIQ+, las personas indígenas y personas con discapacidad, la bancada de Movimiento Regeneración Nacional (Morena) propuso una iniciativa que reforma diversas disposiciones del Código Electoral del Estado de Hidalgo.
A voz de su bancada, el diputado local, Luis Ángel Tenorio Cruz, puntualizó que la propuesta está basada en proteger la dignidad de las personas que pertenecen a los grupos vulnerable antes mencionados.
Con lo anterior, afirmó que se asegura la eficacia del acceso a sus derechos humanos en la vertiente consistente en el derecho humano a la democracia y al voto pasivo, cuyo respeto, promoción y garantía.
“Debemos realizar a efecto de saldar el adeudo histórico que en materia política se tiene con las colectividades de referencia y atendiendo lo previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Constitución del Estado de Hidalgo, a través de los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad”, recalcó.
Puntualizó que, en el reciente proceso electoral llevado a cabo en la entidad, sucedió algo histórico al abrir la puerta para que las denominadas “acciones afirmativas”, encaminadas a visibilizar a los grupos sociales vulnerables, como lo son: la comunidad LGBTTTIQ+, las personas indígenas, personas con discapacidad, lo que aporta a contribuir en la renovación de la democracia, permitiendo su participación con candidaturas por los principios de mayoría relativa y representación proporcional.
Sin embargo, Tenorio Cruz, consideró la necesidad de establecer las bases y el marco jurídico para que esta conquista social esté contenida en las leyes del Estado, con la finalidad de que el Instituto Estatal Electoral (INE) al inicio de cada proceso electoral, pueda implementar las acciones afirmativas para asegurar el acceso efectivo de las personas con discapacidad.
Así como las personas de la diversidad sexual, las personas indígenas, las personas adultas mayores y demás grupos en situación de vulnerabilidad, a la postulación de candidaturas, así como al acceso a cargos de elección por el principio de mayoría relativa y de asignación por el principio de representación proporcional.
“La reforma propuesta a la fracción IV del artículo 207 establece: I. Registrar una lista “A”, con 12 fórmulas de candidatos a Diputados a elegir por el principio de representación proporcional, integrando a los candidatos postulados por acciones afirmativas establecidas por el Instituto Estatal Electoral, conforme a lo previsto en el presente Código”, concluyó.