Jocelyn Andrade.- Con el propósito de implementar como obligación de los conductores de los vehículos de los servicios de transporte, colaborar y brindar apoyo al primer respondiente o autoridad, ante cualquier hecho probamente constitutivo de delito en el que se encuentren involucradas mujeres o niñas, el Congreso local reformó la Ley de Movilidad de Hidalgo.
De acuerdo con el diputado Alejandro Enciso Arellano, esta modificación contempla que también será obligación de los concesionarios y permisionarios contribuir en el acompañamiento, en los casos reportados de acoso y violencia sexual en el transporte público.
Además, la reforma busca prevenir acciones que generen violencia contra las mujeres por parte de la Secretaría de Movilidad, como son los procesos de capacitación y certificación, protocolos y condiciones de infraestructura que procuren espacios seguros que puedan disuadir o evitar la generación de violencia contra las mujeres en el espacio público o en el transporte.
Explicó que el acoso sexual en espacios públicos es una forma de violencia de género que afecta a personas de todas las edades y en diversas situaciones; puede manifestarse de muchas maneras, desde comentarios o gestos inapropiados hasta tocamientos no deseados o seguimientos intimidatorios.
“El acoso sexual en el transporte público es una forma alarmante de violencia de género que afecta desproporcionadamente a mujeres y personas de géneros marginados. Se manifiesta de diversas maneras, desde comentarios sexuales no deseados y miradas lascivas, hasta tocamientos indebidos o situaciones de acecho”, por lo que se reformó el Artículo 29 Bis, el 151 y el 152, para establecerlo en el ordenamiento.
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