Oliver García.- Con las reformas a la Ley de Seguridad Pública de Hidalgo emitidas en el Periódico Oficial del Estado (POEH) se especifican las conductas por los cuales miembros de la corporación serán removidos de sus cargos, como peculado y cohecho.
El primero se refiere a la malversación de los fondos públicos y el segundo a pedir sobornos o “mordidas”. También se contemplan el desvío de recursos, uso indebido de la información que posean, abuso de sus funciones y conflicto de interés.
El planteamiento añade enriquecimiento oculto, simulación de los actos jurídicos, desacato, encubrimiento, tráfico de influencias y nepotismo, que se refiere a las personas que utilizan sus cargos para conseguir empleo a sus consanguíneos hasta en cuarto grado.
Todas las conductas son explicadas en el capítulo II del Título Tercero de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Cabe recordar que antes de la reforma, las denuncias eran analizadas por la Comisión de Honor y Justicia de la Secretaría de Seguridad Pública estatal (SSPH). Después de la modificación, seguirán a cargo del mismo órgano, con la diferencia de que cuando se advierta la probable comisión de un delito o falta administrativa, como las señaladas previamente, la Comisión deberá notificar a las autoridades competentes. Los uniformados también serán removidos del puesto en caso de haber sido condenados por sentencia ejecutoriada por un delito doloso o culposo, calificado como grave en la legislación.