Jocelyn Andrade.- El proceso de Revocación de Mandato en Hidalgo volvió a los tribunales después de que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación instruyó al Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) analizar la inconformidad presentada por Tonatiuh Herrera Gutiérrez.
El promovente señaló que el Congreso local y otras autoridades electorales omitieron la difusión del mecanismo en los tiempos oficiales de radio y televisión.
El expediente SUP-JDC-2492/2025 se originó por la denuncia, que solicitó la revisión de la falta de asignación de espacios para comunicar el proceso y afirmó que esa omisión afectó su derecho de comunicación política dentro del esquema de participación ciudadana previsto en la legislación estatal.
Antes de instruir el reencauzamiento, la Sala Superior revisó si correspondía intervenir de manera directa en el asunto y la determinación concluyó que el actor contaba con una vía previa en el ámbito local y que el principio de definitividad impedía una resolución federal anticipada, por lo que el órgano afirmó que no existía alguna excepción que permitiera el salto de instancia.
Los magistrados señalaron que el Código Electoral de Hidalgo, en sus artículos 392 y 394, establece la vía del recurso de revisión para impugnar actos u omisiones dentro del proceso de revocación.
Precisaron que ese instrumento ofrece la posibilidad de corregir decisiones del instituto local cuando generen un agravio directo a los promoventes.
