Oliver García.- El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) ordenó a la asamblea municipal de Francisco I. Madero tomar protesta al regidor Aarón Moisés Valenzuela Rodríguez, mientras al ayuntamiento de Ixmiquilpan le mandató dar respuesta a la solicitud de información del síndico.
En el primer caso, el magistrado Leodegario Hernández Cortez resolvió el juicio 140/2021, en el cual el edil señaló que la asamblea y el alcalde Ricardo José Olguín Pardo no le tomaron la protesta de ley, por lo que pedía asumir el puesto, después de no obtener una respuesta favorable el 2 de septiembre.
La autoridad manifestó que el actor fue omiso porque no se presentó a la sesión del 15 de diciembre ni justificar su inasistencia, pese a que presentó una solicitud de licencia por “razones profesionales”.
El artículo 38 de la Ley Orgánica Municipal precisa que concluida la ceremonia de instalación se presidirá la primera sesión y se notificará a los miembros propietarios ausentes para que asuman el cargo en un plazo de cinco días; de lo contrario, los suplentes entrarán en ejercicio definitivo de sus funciones, salvo en casos de enfermedad o fuerza mayor.
Sin embargo, esto no ocurrió, sino que durante la sesión sólo se leyó la petición de licencia y el suplente asumió el cargo, por lo que la actuación del ayuntamiento no actuó conforme a la ley.
En el JDC-145/2021 el síndico jurídico de Ixmiquilpan, Carlos Eduardo Portillo García, menciona que se violentó el derecho de petición porque la alcaldesa Araceli Beltrán Contreras no dio contestación a su solicitud de información mediante escrito el 11 de agosto.
“El agravio resulta fundado ya que, de acuerdo con la normativa y los precedentes, se violentó el derecho de petición en materia electoral. En todo caso, se puede negar lo solicitado siempre y cuando exista fundamento para ello, pero no dejar en estado de indefensión al peticionario”.