José Antonio Alcaraz.-Magistrados del Tribunal Electoral de Hidalgo (TEEH) detectaron el presunto ocultamiento de información pública del ayuntamiento de Nicolás Flores, consistente en la actualización del título de concesión de Aprovechamiento de Aguas nacionales, Superficiales y Descargas de Aguas Residuales, solicitada por ciudadanos indígenas de origen Hñahñu, ordenando enmendar la omisión.
De acuerdo con la magistrada Rosa Amparo Martínez Lechuga, se recibió un Juicio para la Protección de los Derechos Políticos Electorales del Ciudadano 08/2023. promovido por Francisco Javier Ramírez Martínez, en su carácter de representante indígena de la comunidad de Texcadho, municipio de Nicolás Flores.
La magistrada dijo que se solicitó información en fecha 30 de abril, 28 de octubre y 2 de diciembre de 2022 y 4 de enero del 2023, las cuales no fueron desahogada salvo que estuvieron en el orden del día de una sesión de cabildo; por lo que el denunciante se dolió de un supuesto ocultamiento de información.
El ayuntamiento de Nicolás Flores, agregó la magistrada, únicamente le dijo al actor “puede consultar la información a través de la plataforma nacional de transparencia, por lo que en consideración de esta ponencia resulta ambigua” y, por tanto, no es acorde con lo solicitado por el actor.
Por ello, en la sentencia se especificó que no se tiene por colmado el derecho de petición, ya que “no basta la sola respuesta por parte de la autoridad si no, además, es necesario que esta encuentre congruencia con lo solicitado”, agregó la magistrada.
Es por ello que la copia de acuerdo del presupuesto solicitado por el autor, en la respuesta que dio el ayuntamiento de Nicolás Flores, no se desprende documental alguno que la autoridad entregó lo solitud, por ello lo fundado en el asunto.
Respecto a las solicitudes que hizo el ciudadano indígena con fecha del 5 de febrero y 31 de mayo de 2022 y de la 4 y 16 de febrero de este año, la magistrada declaró infundados ya que las pruebas las audiencias solicitadas por el agraviado si se realizaron en los tiempos estipulados.
Por último, en cuanto hace a solicitarle copia de las actas resolutivas correspondientes, la magistrada consideró que dicha petición es inoperante, ya que lo expuesto por la parte agraviada resulta ambigua, pues no señala un hecho en concreto a analizar.
En la sentencia se dio al ayuntamiento de Nicolás Flores un plazo de diez días hábiles para que se pronuncie y de contestación al oficio RCIT/3/2022 actualización del título de concesión de Aprovechamiento de Aguas nacionales, Superficiales y Descargas de Aguas Residuales.