Tepeji del Río.- Trabajadores del Consorcio Sistemas Microtúneleo que laboran en la construcción de la Lumbrera 21, a cargo de la Comisión Nacional del Agua (Conagua), suspendieron labores por el despido masivo de obreros con liquidaciones “raquíticas”. Son varios los supuestos abusos que los jornaleros demandaron, por lo que amagaron con que en caso de no llegar a algún acuerdo, continuarán con el paro de labores.
En entrevistas separadas, para Vía Libre, señalaron que algunos empleados han laborado por más de ocho años y los pretenden liquidar por debajo de lo que la ley les otorga bajo presiones y engaños de abogados de la empresa.
Explicaron que una comisión se encontraba en diálogos con representantes legales y que pese a que no se había llegado a ningún acuerdo empezaron a despedir al personal, comenzando con la baja a 20 trabajadores, a quienes se les otorgó un finiquito menos al de la ley.
De acuerdo a su versión, un abogado del consorcio dialogó con ellos pero negó que tuvieran los derechos laborales que reclamaban, dijo que la antigüedad la hacían a partir de los 15 años y que les convenía tomar el dinero que les ofrecían ya que los que se quedaban a laborar no recibirían nada de finiquito.
Demandaron que la empresa no les ha reconocido los días que la ley les otorga de vacaciones pagadas, algunos de los cuales ya tienen ganado el derecho a 14 días pero la empresa Sistemas de Microtúneleo sólo les otorga 12 días.
Dijeron que el abogado laboral Francisco Juárez Hernández que acudió a darles una asesoría, revisó sus papeletas y encontró una diferencia marcada en la cantidad de retención de sus sueldos, lo cual calificó de ilegal, agregó que de lo que pudo revisar, la empresa está reteniendo alrededor de un 60 por ciento del sueldo integrado de los trabajadores.
Aseguraron que los representantes del consorcio los han obligado a firmar hojas en blanco, sin embargo el abogado les explicó que sus derechos no son denunciables, por lo que se puede impugnar cualquier documento que ellos presenten.
Sin embargo, el litigante hizo hincapié que en caso de que su intención sea formalizar una demanda, deberán hacerla en un plazo de 60 días naturales, luego de ese plazo prescriben sus derechos, salvo en caso de que califiquen como enfermedad profesional para lo cual cuentan con 365 días para lo cual pueden solicitar una pensión.
Aunado a ello, detallaron que a pesar de que sí les descuentan su cuota sindical, no conocen a su representante y que en los últimos ocho años no han negociado aumentos con la empresa.
Por Miguel Á. Martínez