Jocelyn Andrade.- El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) analiza dos juicios ciudadanos que cuestionan la legalidad de diversos ordenamientos relacionados con el proceso de Revocación de Mandato en la entidad.
Las demandas fueron presentadas bajo los expedientes TEEH-JDC-080/2025 y TEEH-JDC-083/2025, promovidos por Martín Camargo Hernández, Crispina Barrón Rodríguez y Fermín Pérez Lugo.
Los promoventes interpusieron recursos contra el artículo 20 Bis de la Constitución Política de Hidalgo y el artículo 7 de la Ley de Revocación de Mandato, normas que comenzaron a aplicarse en 2022 y 2023, respectivamente.
Argumentan que ambos preceptos limitan el ejercicio del derecho ciudadano a solicitar la revocación del titular del Poder Ejecutivo estatal.
De acuerdo con dichos artículos, la solicitud de revocación solo puede realizarse dentro de los tres meses posteriores al tercer año del periodo de gobierno, con el respaldo mínimo del diez por ciento del padrón electoral distribuido en más de la mitad de los municipios del estado y el proceso se considera vinculante únicamente si participa al menos el cuarenta por ciento de los electores y la mayoría vota por la revocación.
A las impugnaciones constitucionales se agregan los recursos contra los acuerdos IEEH/CG/019/2025, IEEH/CG/020/2025 e IEEH/CG/026/2025, emitidos por el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH), donde se definieron los lineamientos y procedimientos para iniciar la consulta de revocación.
Los demandantes señalan como autoridades responsables al Congreso del Estado de Hidalgo y al Consejo General del IEEH, a quienes atribuyen la emisión de las normas y acuerdos ahora cuestionados ante el órgano jurisdiccional electoral.
