Jocelyn Andrade.- El proceso de la Revocación de Mandato incorporó un nuevo elemento jurídico, ahora centrado en la difusión del procedimiento mediante los tiempos oficiales de radio y televisión, pues un ciudadano cuestionó si las autoridades electorales estatales cumplieron lo establecido en la normatividad aplicable.
El juicio ciudadano SUP-JDC-2492/2025 fue presentado por Tonatiuh Herrera Gutiérrez, integrante de Izquierda Unida Hidalguense para que siga la democracia, y pidió a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que determine si cuenta con atribuciones para revisar probables omisiones del Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo, del Tribunal Electoral del Estado y del Congreso local.
En el recurso, Herrera Gutiérrez planteó que la falta de uso de los tiempos oficiales en radio y televisión para informar sobre el proceso podría afectar el derecho de la ciudadanía a contar con comunicación política suficiente.
Señaló que la Ley de Revocación de Mandato contempla lineamientos claros sobre la promoción del mecanismo de participación y que el incumplimiento de esa disposición genera un posible impacto en la visibilidad del ejercicio.
El quejoso también mencionó que el artículo 41 de la Constitución exige a las autoridades utilizar los tiempos del Estado para ese tipo de procesos y que la ausencia de mensajes sobre la revocación contradice esa base constitucional, por tanto, buscó que el TEPJF analice si el IEEH omitió responsabilidades señaladas en la legislación.
