Close Menu
Diario Vía Libre
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Últimas NoticiaS
    • Anuncian a Bogueto en Teatro del Pueblo 
    • Proponen crear instancias de humanidades y ciencias.
    • Orizatlán contra la violencia intrafamiliar
    • Toman alcaldía de Huautla exigen respuesta a demandas
    • En operación nueva línea de agua en MR
    • Solo seis municipios cumplen transparencia presupuestaria
    • Dos empresas operarán el relleno en El Huixmí
    • En marcha operativo vacacional de verano
    Diario Vía Libre
    Suscribete
    viernes, julio 18
    • Inicio
    • Estatal
    • Política
    • Sociedad
    • Deportes
    • Seguridad
    • Columnistas
      • Deslinde
      • El rincón del chaman
      • Miradas de Reportero
      • Escribiendo derecho
      • Entre Periodistas
    Diario Vía Libre
    Estás leyendo:Home»Sociedad»Falla SCJN a favor de Pachuca en licencias de urbanización

    Falla SCJN a favor de Pachuca en licencias de urbanización

    12 enero, 2021 Sociedad
    Facebook Twitter LinkedIn Email WhatsApp Copy Link Telegram
    Facebook Twitter LinkedIn WhatsApp Email Telegram Copy Link

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) falló a favor del ayuntamiento de Pachuca y consideró inválido el oficio SOPOT/0128/2019, por el que la Secretaría de Obras Públicas de Hidalgo determinó que el municipio carecía de atribuciones para otorgar, expedir o autorizar licencias de urbanización, régimen de propiedad en condominio, fraccionamiento, subdivisión, fusión y uso de suelo, por lo que debía de abstenerse de hacerlo.

    El 3 de mayo de 2019 la Sopot envió el oficio 0128/2019 en el que avisó a la administración panista de Yolanda Tellería Beltrán que no podía emitir estos documentos porque carecía de Plan Municipal de Desarrollo ante el Registro Público de la Propiedad y el Comercio.

    Por ello, la edil ingresó la controversia constitucional 223/2019, en la cual señalaba que había una violación a las facultades del ayuntamiento, y el 17 de junio la SCJN concedió la suspensión provisional para que la Sopot no fuera la responsable de emitir las licencias.

    Entre otras cuestiones, Pachuca demandó la invalidez del artículo 33 de la Ley de Asentamientos Humanos de Hidalgo, el cual establece que a partir de la inscripción del programa en el registro público el ayuntamiento podría expedir las licencias, pero la Corte desestimó este argumento.

    Sin embargo, el pleno determinó que el oficio carecía de la debida fundamentación y motivación, puesto que fue incorrecto exigir al municipio cumplir con el trámite

    En un asunto similar, pero con la administración de Raúl Camacho Baños en Mineral de la Reforma, la SCJN invalidó otro oficio de la Sopot en el mismo sentido, con el argumento de que el Poder Ejecutivo invadió las facultades de los municipios al intentar ejercer sus atribuciones de expedir las licencias.

    Por Oliver García

    Share. Facebook Twitter LinkedIn Email WhatsApp Telegram Copy Link

    Te puede Interesar

    Anuncian a Bogueto en Teatro del Pueblo 

    18 julio, 2025

    Proponen crear instancias de humanidades y ciencias.

    18 julio, 2025

    Solo seis municipios cumplen transparencia presupuestaria

    18 julio, 2025
    Facebook X (Twitter) Instagram
    © 2025 Diario Vía Libre. - Contacto. - Aviso de Privacidad.- Desarrollado por Innovatice Web Solutions.

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.