Por Rogelio Hernández López
Buena repercusión e interés despertó, el 12 de enero, Alejandro Encinas Rodríguez, Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración cuando convocó al primer diálogo regional para una nueva ley de protección a personas defensoras de derechos humanos y periodistas que sustituya a la de 2012.
Entre algunos obstinados en la protección para sus colegas, como este reportero, esa convocatoria causó tres sorpresas añadidas: qué se decidiera realizar foros regionales y uno nacional para una legislación que requiere el más amplio respaldo social; que desde ahora se anuncie que se pondrá por delante la prevención; y que deberá ser una ley general para establecer obligaciones a los gobiernos municipales y estatales y ya no únicamente para el federal.
Estas pretensiones anunciadas en la convocatoria atienden, en principio, demandas expresadas por la coalición amplia de organismos sociales del Espacio OSC para la Protección de Personas Defensoras y Periodistas, del Consejo Consultivo del Mecanismo, de la oficina en México para los Derechos Humanos de las Naciones Unidas y de un número no muy amplio de periodistas.
El objetivo principal de todas estas exigencias Encinas lo sintetizó el 5 de octubre de 2021 como la necesidad de modificar el marco legal e impulsar un Sistema Nacional de Prevención y Protección para personas defensoras de derechos humanos y periodistas en todo México. Impulsemos en los foros para que la nueva ley signifique precisamente eso: una ley que facilite una política de Estado, pero nada menos.
Dos oquedades del Estado
Entre los periodistas tercos, desde el 11 Octubre 2018, días después del nombramiento como Subsecretario de Alejandro Encinas, este reportero le dedicó una columna a su antiguo cámara de partido: “Te toca otro tigre: proteger periodistas” …porque serás el responsable directo de enfrentar el problema nacional en que se convirtieron los agravios y asesinatos que aumentan cada año y en tres sexenios nadie ha podido frenarlos.
“La subvaloración y desatención del problema que tuvieron los presidentes Fox, Calderón y Peña fomentó otra oquedad del Estado ante la sociedad, (nunca entendieron) que los reporteros son los primeros sujetos de la mediación democrática y que deben contar con la protección del Estado.
“Casi sin excepción, la otra falla del Estado la produjeron los gobernadores y procuradores estatales. (que) ni siquiera tomaron en serio tres cartas de coordinación. En las entidades se comete la mayoría de agresiones y de asesinatos; allí debería procurarse justicia, pero no lo hacen. La fiscalía federal se desentiende, no atrae los casos porque dice que pertenecen al fuero común y no al federal. Y entonces el índice de impunidad es de 97 por ciento. La CNDH ha emitido cuatro recomendaciones generales para que todas las instancias atiendan el problema, pero no le hacen caso porque le faltan dientes para sancionar.
La Segob, rectora
El 29 de abril de 2019, propuse en otra columna que “Ahora sí, la Segob puede ser rectora en protección integral a defensores y periodistas”. Y ese criterio puede convertirse en la norma principal de la nueva ley para que Gobernación (por medio del Mecanismo), sea las instancia rectora de ese Sistema Nacional de Prevención y Protección y que impulse las políticas públicas necesarias.
En aquella columna evalué que “hicimos mal varias cosas en 2012 quienes impulsamos la Ley de Protección y el Mecanismo: una fue encausar a funciones policiales a la Secretaria de Gobernación cuando debería ser normativa y rectora de políticas públicas; otro error fue suponer que una ley federal sería suficiente para atender un problema nacional que crecía en todos los estados y un error más fue impulsar hasta 20 leyes estatales de protección con la misma característica cautelar-policiaca, que por eso se incumplen, cuando lo indispensable es la prevención con rectoría para todas las instancias del Estado. Se necesitaba un giro radical.”
Ahora, en enero de 2021 creo que puede cristalizar una ley diferente que enmiende los errores originales que varios cometimos. La experiencia nos enseñó: para que una ley cualquiera pueda aplicarse y tender un manto protector verdadero se requieren al menos tres cosas: pertinencia y viabilidad para su institucionalización, voluntad política verdadera y el respaldo activo de la o las poblaciones a las que se reconozcan derechos. Esto es, contar con un apoyo social extendido.
Eso no lo hemos obtenido con la ley actual y las leyes locales y, al parecer, sí se podría obtener con el procedimiento de foros públicos para elaborar la nueva ley.
Desconcentrar únicamente lo policiaco
Para la nueva ley habrá que considerar varias de las normas enunciadas en las reformas que aprobó la Cámara de Diputados en diciembre de 2020 para la ley actual de protección y que el Senado no ratificó.
Algunas de esas normas parecen positivas porque derivaron de amplias consultas y deliberaciones que sostuvieron, en la modalidad de parlamento abierto, las y los legisladores con más de cien organizaciones y personalidades de defensa de los derechos humanos, del periodismo y de instancias internacionales.
Esas reformas intentan darle garantías al Mecanismo federal para contar con recursos anuales suficientes para las demandas de protección y políticas públicas, pero etiquetados por el Congreso de la Unión; ampliarle facultades y una estructura adecuada al mecanismo. Todo ello parece positivo, pero lo negativo es la propuesta allí asentada de desconcentrar de la Segob al Mecanismo y hacerlo órgano autónomo. Ese sería un error craso.
Sí es necesaria la protección cautelar que proporcionan las instancias de seguridad pública porque estas son las que tienen la responsabilidad de proporcionar garantías a la integridad física de los defensores y periodistas en riesgo, pero no las instancias civiles que, en lo general, carecen de la visión y capacidades. Esta función es la que debiera desconcentrarse del mecanismo con la nueva ley, quitarle esa función y el carácter para-policiaco actual y darle la rectoría y supervisión de las medidas cautelares al personal del mecanismo y a las instancias civiles que lo acompañen.
Qué debe tener la nueva ley
En resumen, este reportero terco en obtener protección para quienes hacen periodismo profesional considera que la nueva ley debe contener principalmente lo que se anuncia en la convocatoria al primer foro regional:
Ser general y dar prioridad a la prevención.
En ese sentido debe quedar claro el diseño del Sistema Nacional de Prevención y Protección y que la Secretaría de Gobernación sea la autoridad rectora tanto para la protección ante riesgos y en la supervisión de medidas protectoras, como para el diseño de políticas públicas preventivas de aplicación obligatoria para las autoridades de los tres niveles
Otro ajuste tiene que ser en la definición de las personas periodistas para que se ajuste conforme a lo que ya contienen algunas leyes locales –como la de la Ciudad de México– autorizadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y se distinga que tienen funciones y una relación con la sociedad diferentes a las que tienen las personas colaboradoras periodísticas y quienes defienden los derechos humanos. La definición debe ser:
Las personas periodistas realizan una actividad permanente del más alto interés público por su servicio social a las relaciones democráticas, que consiste en buscar, recibir, recabar, almacenar, generar, procesar, editar, comentar, opinar, difundir, publicar o proveer información a través de cualquier medio de difusión y comunicación que puede ser impreso, radioeléctrico, digital o imagen; función acreditada por su actividad cotidiana, experiencia, estudios o en su caso título para ejercer el periodismo profesionalmente. Se reconocen también a las personas colaboradoras periodísticas, quienes ejercen las libertades de expresión y/o información con actividades esporádicas o regulares, sin que se les requiera registro gremial o acreditación alguna.
Para la operación del Mecanismo deberá darse una visión y funciones de mayor alcance a la Unidad de Prevención para que se convierta en la instancia de inteligencia capaz de prever y coordinar la construcción de estrategias específicas y políticas públicas con respaldo social, impulsar la coordinación intersecretarial del Ejecutivo federal y las sinergias de actuación de los tres niveles de gobierno.
Que para sus políticas públicas de prevención el Mecanismo de la Segob debe tener en la nueva ley normas para perfilar y aplicar un plan nacional de protección integral para reporteros y otros periodistas que les reduzca vulnerabilidades profesionales, que les reconozca al menos diez derechos profesionales para ejercer el periodismo y que les permita obtener fortalezas incluida la de crear, voluntariamente, organizaciones profesionales para la autoprotección y desarrollo profesional.
Más allá de la nueva ley y de su aplicación, hay que insistir en que las y los periodistas también tenemos que asumir responsabilidades que le faciliten el trabajo a un eventual sistema nacional de prevención y protección. Requerimos un programa común entre el mayor número posible de colegas para contar una red de redes de autoprotección, que impulse mayores fortalezas profesionales, con mayor vinculación con periodistas de otros países, con empresas de periodismo, con más coaliciones de defensores y con la cooperación sincera de universidades, empresas y organismos internacionales.
Nota. – Texto para ser presentado en el primer foro regional para la nueva ley general de prevención y protección ante agravios a personas defensoras de los derechos humanos y periodistas en la ciudad de México los días 17 y 18 de enero de 2022