Jocelyn Andrade.- El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), incrementó a ocho los supuestos contra la Violencia Política contra la Mujeres en Razón de Género y con ello verificar que quienes se postulen al Proceso Electoral Federal 2023-2024, no hayan incurrido en ninguna.
El criterio antes Tres de Tres en contra de la violencia, ahora se amplía a considerar Ocho de Ocho supuestos por los que una persona no podrá ser registrada a una candidatura para contender a un cargo de elección popular, así como para ocupar un cargo, empleo o comisión del servicio público.
La Fracción VII del Artículo 38 de la Constitución, relativo a la suspensión de los derechos o prerrogativas de los ciudadanos, establece que “por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos”, así como “por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa”.
A efecto de determinar si las personas que fueron registradas como candidatas están en alguno de los supuestos de suspensión de derechos, el INE distinguirá dos
hipótesis: las sentencias firmes desde la entrada en vigor de la Reforma -el 30 de mayo del 2023-, y las respectivas por violencia política contra las mujeres por razón de género a partir del 14 de abril del 2020.
El pleno también determinó la integración de un grupo interdisciplinario, formado por
personas de diversas instancias del Instituto, que revisarán la documentación remitida, tanto por las autoridades competentes como la presentada por la ciudadanía.
Una vez que el Consejo General apruebe el registro de candidaturas a la Presidencia, diputaciones y senadurías, en la sesión especial del 29 de febrero de 2024, se conformará un listado para que, a partir del 2 de marzo siguiente, se elaboren y notifique los requerimientos de información a diversas instancias, a fin de solicitar sentencias firmes de las personas candidatas, relacionadas con los supuestos establecidos en la Constitución, por violencia política, así como por ser declarada persona deudora alimentaria morosa.