Oliver García.- El dinero obtenido por el funcionamiento de tienditas en escuelas públicas no debe utilizarse para costear convivios para personal docente o administrativo ni préstamos personales, señalan los lineamientos para el expendio de alimentos y bebidas en los establecimientos de consumo escolar, los cuales fueron publicados en el Periódico Oficial.
Para administrar las aportaciones se conformará un comité con la participación de padres y madres de familia, quienes deberán vigilar la aplicación del recurso en infraestructura física, bienes consumibles y equipamiento que requiera el plantel.
El reglamento prohíbe usar lo recaudado para regalos a autoridades educativas, maestros o familiares y en uniformes para el personal docente o administrativo. Tampoco se puede destinar a renta de equipo de sonido o para pagar combustible ni para servicios personales, es decir, gastos en celular, viáticos o casetas.
Para obtener el permiso para distribuir y expender alimentos y bebidas, el comité escolar deberá emitir una convocatoria y publicarla al menos días 10 días hábiles antes del inicio del ciclo escolar.
Las solicitudes serán recibidas por la autoridad siete días posteriores a la emisión de las bases y la persona seleccionada tendrá un mes para cumplir requisitos, entre estos una constancia de que cuenta con seguro médico o de riesgo de accidentes, así como la póliza de responsabilidad civil.
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