La Sala Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó los juicios interpuestos por, Más Por Hidalgo (MPH) y el Partido de la Revolución Democrática (PRD) contra la facultad de coaligarse de Encuentro Social (PESH) y Nueva Alianza Hidalgo (PANALH).
En el caso de MPH, el pleno señaló que no atacó los argumentos del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) que dio por acreditada la fuerza electoral de ambos organismos, debido a que en el proceso comicial 2018 contendieron como entes nacionales.
El sol azteca, por su parte sostuvo que el TEEH no interpretó de manera debida los artículos 85 numeral IV de la Ley General de Partidos, además de 37 y 38 del Código Electoral de Hidalgo, que impiden a los organismos locales de nueva creación de unirse o ir en candidatura común en sus primeros comicios.
Sin embargo, el pleno expuso que PESH y PANALH constituyen una institución jurídica que debe analizarse de manera diferente de las agrupaciones nuevas, derivado de su pérdida de registro nacional.
El magistrado Juan Carlos Silva Adaya manifestó que la circunstancia del porcentaje mínimo de votación los posibilita en usar estas figuras legales. Este supuesto ha sido validado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Por Oliver García