La Sala Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó el recurso ST-JE-7/2019, promovido por el alcalde de Ixmiquilpan, Pascual Charrez Pedraza, contra el mandato del órgano local para pagar las dietas a 11 asambleístas.
Durante la sesión se informó que la ley, no faculta a las autoridades municipales, estatales o federales a acudir al TEPJF, cuando han formado parte de una relación jurídico-procesal como responsables en la instancia previa, por lo que lo declaró improcedente.
En este caso el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) determinó en la resolución del juicio JDC-014/2019 que se violó el derecho de los ediles al condicionar el pago de su dieta.
El órgano jurisdiccional de la entidad estableció que era ilegal, el acotar el otorgamiento al salario a que los regidores firmarán una lista de nómina, pues no sé trata de una contraprestación por el trabajo personal subordinado.
Por lo anterior, los magistrados dictaron medidas de no repetición con el objetivo de evitar que se vulnere los derechos políticos electorales de los actores, en su vertiente de ejercicio del cargo.
Por Oliver García