José Antonio Alcaraz.-La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, la existente la vulneración a la veda electoral atribuida al diputado federal de Morena, Manuel Rodríguez González, en el proceso electoral en Hidalgo que ganó su copartidario Julio Menchaca Salazar, y otros cinco estados del país.
Por unanimidad de votos, este día el pleno de la Sala Superior emitió la resolución, la cual confirma la sentencia de la Sala Regional Especializada, en la cual, también se señala a la senadora de Morena, María de los Dolores Padierna Luna de vulneración en el proceso lectoral.
Los magistrados, informaron que Manuel Rodríguez, dentro de los procesos locales celebrados en Aguascalientes, Durango, Hidalgo, Quintana Roo, Tamaulipas y Oaxaca. Asimismo, vulneró la veda electoral (2 al 5 de junio).
El Partido Revolucionario Institucional (PRI) y Jorge Álvarez Máynez, secretario de Acuerdos del Partido Movimiento Ciudadano denunciaron a ambos personajes de Morena por motivo de diversas publicaciones difundidas en sus redes sociales de Twitter y Facebook.
De igual forma, la denuncia se extendió al partido Morena por la falta del deber de cuidado. A juicio de la Sala Regional Especializada, las manifestaciones denunciadas constituyeron propaganda electoral dentro de un periodo prohibido y advirtió la omisión del deber de cuidado de Morena, con relación a la conducta desplegada por María de los Dolores Padierna Luna.
Durante la sesión pública presencial, el magistrado José Luis Vargas Valdez, confirmó que se tuvieron por acreditados todos los elementos que configuran la vulneración a la veda electoral, así como la intención de inhibir el voto el día de la jornada electoral a favor de diversas opciones políticas.
El apercibimiento público de este órgano jurisdiccional electoral se hizo a la senadora y diputado federal, así como a Morena, para evitar en lo subsecuente caer en estas conductas que vulneran los procesos electorales.
Por último, se revocó una parte de la resolución únicamente para efecto de que la responsable realizara un análisis exhaustivo sobre el deslinde que presentó Morena, dentro de la sustanciación del expediente, con el fin de determinar si resultó eficaz o no para atribuirle responsabilidad por la falta a su deber de cuidado, por las infracciones imputadas a María de los Dolores Padierna Luna (SUP-REP-693/2022 y acumulados).