Juan Manuel Pérez.- Por unanimidad un Tribunal de Enjuiciamiento del Poder Judicial de Hidalgo (PJEH) dicto la resolución absolutoria a favor de Fernando Ríos Maqueda, a acusado del homicidio de Gerardo Sosa Cravioto ocurrido el 23 de febrero de 2019.
Durante maratónica la audiencia se dictaminó que las pruebas aportadas por el agente del Ministerio Público fueron insuficientes, así como las diversas contradicciones de acusar con dichos de la presencia del imputado en el lugar de los hechos. Como un retrato hablado que fue presentado con una fotografía ante los conocidos y trabajadores del rancho Yamile.
A decir del tribunal no se pudo comprobar que Fernando Ríos Maqueda estuvo en el lugar y de accionar el arma que le ocasionó a la víctima lesiones en el brazo, hombro y pecho, heridas que derivaron en una anemia aguda secundaria que pasó a laceración pulmonar y causó la muerte de Sosa Cravioto en una clínica de Tulancingo.
Esto porque el ahora occiso no informó quién lo agredió, pues después del ataque tuvo tiempo para hablar por teléfono, esperará a que llegaran ayudarlo, hablar con las personas que lo auxiliaron y llegar caminando a la clínica de San Pedro donde fue atendido, primeramente.
De acuerdo con testimonios Gerardo Sosa Castelán padre de la víctima habló por teléfono con su hijo antes de que éste perdiera la vida en la clínica Santa María de Tulancingo.
Incluso, Óscar Damián Sosa Castelán -tío de la víctima- comentó que Sosa Cravioto le pidió a su padre que no se preocupara.
Se expresó que el contador fue quien llegó al lugar del atentado y ayudó a trasladar al herido a una clínica de San Pedro Tlachichilco, donde recibió primeros auxilios y no pudo reconocer al imputado y corroborar que estuviera en el lugar, aun cuando trabajó con él por diez años.
Así mismo se indicó que en el cateo realizado a la casa de Fernando la madrugada del 23 de marzo ingresaron ocho investigadores, pero durante las declaraciones de los oficiales sólo se informó que fueron dos y un perito quienes entraron a la casa habitación.
En tanto, sobre el arma encontrada en el domicilio de Fernando N. que es calibre 0.45, en las pruebas de balística no se pudo determinar que tienen la misma huella de percusión (mismo martillo), por lo que no se tiene certeza en que sea la misma arma.
En lo que refiere al dictamen emitido por parte del perito psicólogo se mencionó que realizó su doctrina de cómo fueron las cosas después de que el imputado fue detenido.
Por lo tanto, el tribunal decidió que en cuanto a las contracciones y dichos no se puede emitir una sentencia contradictoria en contra de Fernando Ríos Maqueda por lo que se decretó su liberación.