Jocelyn Andrade. – El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) avaló la resolución del Instituto Nacional Electoral (INE) respecto a la falta de condiciones para permitir el voto de personas en prisión preventiva durante el proceso electoral del Poder Judicial.
De acuerdo con el análisis del Tribunal, el acuerdo impugnado no niega el derecho al sufragio de quienes se encuentran bajo esta condición legal; Sin embargo, se concluye que su aplicación requiere una implementación gradual y la decisión se fundamentó en criterios de viabilidad operativa, recursos presupuestales y tiempos establecidos por la autoridad electoral.
Durante la sesión, realizada de forma remota, el proyecto sometido a votación desestimó los argumentos que señalaban una supuesta regresión en el reconocimiento de derechos, pues según el fallo, el principio de progresividad permanece intacto, al no haber eliminado el derecho, sino postergado su ejercicio hasta garantizar condiciones adecuadas.
La magistrada Janine Otálora expresó su desacuerdo parcial con la resolución, pues aparentemente que el Instituto fue colocado en una situación que impidió avanzar con este derecho por falta de recursos y plazos definidos; pero también evitar limitar el alcance del proyecto al proceso electoral 2026-2027, al considerar insuficiente la medida frente al principio de progresividad.
Por otro lado, el magistrado Reyes Rodríguez reconoció el argumento sobre restricciones presupuestales; pero señaló que esta condición no debe justificar la limitación de derechos. A