Jocelyn Andrade.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación eliminó la restricción que impedía a los servidores públicos pronunciarse sobre el proceso de elección judicial previsto para el 1 de junio. El acuerdo original del Instituto Nacional Electoral limitaba la intervención de instituciones y funcionarios en la difusión del proceso.
Esa decisión generó múltiples impugnaciones por parte de integrantes del partido en el poder y de actores cercanos a la Suprema Corte. Tres magistrados del TEPJF formaron un bloque que respaldó la participación activa de los Poderes de la Unión.
La magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso encabezó la postura mayoritaria y en oposición, Janine Otálora y Reyes Rodríguez buscaron sostener el criterio del INE, sin éxito. El Consejo General del INE había citado fragmentos de la reforma judicial promovida por Andrés Manuel López Obrador.
En esos puntos se establece la prohibición expresa de actos de propaganda realizados por autoridades públicas durante procesos electorales. Felipe de la Mata Pizaña redactó la resolución aprobada y su propuesta distinguió entre procesos partidistas y la elección judicial. Indicó que las reglas no son equivalentes y que los Poderes de la Unión forman parte del procedimiento, por lo tanto, pueden difundirlo.