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    Estás leyendo:Home»Política»Aprueba Congreso local modificar Ley Orgánica 

    Aprueba Congreso local modificar Ley Orgánica 

    27 noviembre, 2024 Política
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    Jocelyn Andrade.- El Congreso local aprobó reformas a la Ley Orgánica del Poder Legislativo propuestas por diferentes diputados, con el fin de armonizar el ordenamiento con las necesidades actuales.
    Estas reformas fueron a los artículos 48 Bis, 77, 43 y 54. En la primera se estableció que el Congreso del Estado promoverá acciones y participará efectivamente con otros congresos locales, especialmente con aquellos de las entidades federativas consideradas en la Zona Metropolitana del Valle de México, con el objeto de impulsar la creación, integración, así como la operatividad del Parlamento Metropolitano, el cual fungirá como un mecanismo no vinculante de análisis y discusión de temas de interés en la materia que servirá para enriquecer los trabajos legislativos, respetando la soberanía de cada congreso local.
    En tanto la modificación al artículo 77 señala que de ahora en adelante cambiarán de nombre algunas comisiones, como la del Desarrollo de Pueblos Indígenas, que ahora se llamará Comisión para el Desarrollo Integral de Pueblos y Comunidades indígenas y afromexicanas. 
    Asimismo, la comisión de Desarrollo Social y Humano cambia de nombre a Comisión de Bienestar e Inclusión Social. 
    En lo que respecta a la modificación del artículo 43, se establece que corresponde a la Comisión para el Desarrollo Integral de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas conocer y emitir resolutivos de los asuntos que le sean turnados relacionados con los derechos y la cultura de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas del estado.
    Finalmente, la que corresponde al artículo 54 menciona que a la Comisión de Bienestar e Inclusión Social le compete conocer y emitir resolutivos de los asuntos que le sean turnados relacionados con el combate a la pobreza y protección a los grupos en situación de vulnerabilidad, con énfasis en atención a mujeres, niñas y niños, personas con discapacidad, personas adultas mayores, personas integrantes de pueblos o comunidades indígenas y demás grupos marginados, para el mejoramiento de las condiciones de vida y bienestar de la población. 

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