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    Estás leyendo:Home»Política»No se pudo sancionar violencia contra CVA

    No se pudo sancionar violencia contra CVA

    19 marzo, 2023 Política
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     José Antonio Alcaraz.- Pese a haber acreditado violencia política de género contra la entonces candidata del Partido Revolucionario Institucional (PRI) al gobierno de Hidalgo, Alma Carolina Viggiano Autria, por parte un usuario de Tik Tok, el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) no pudo emitir una sanción.

    Esto debido a que no se logró encontrar al administrador o responsable del usuario de Tik Tok “Chilango By Live” quien, durante la elección pasada de la gubernatura promovió contenido ofensivo contra la excandidata de la coalición Va por Hidalgo y actual secretaria general del PRI en México.

    La denuncia deviene de la ponencia del magistrado Leodegario Hernández Cortez, en el Procedimiento Especial Sancionador (PES) TEEH-PES-133/2022 y acumulado TEEH-PES-002/2023, contra quien o quienes resulten responsables derivado de videos publicados en la red social Facebook y Tik Tok.

    “En lo que hace a la violencia política en razón de género atribuida al usuario de Tik Tok ‘Chilango By Live’, esta ponencia encuentra que sí se acredita por cuanto hace a las expresiones ‘esta perra’ y ‘pinche rata’, pues es evidente que los videos publicados, alimentaron un clima de violencia en contra de la denunciante”, sentenció.

    En ese sentido, dijo que la emisión de este video, “conlleva directamente a expresiones en contra de ella (Carolina Viggiano) y utilizan un lenguaje peyorativo, agresivo, vulgar, con una serie de insultos que contribuyen a exacerbar un clima de violencia”.

    A la par, se advierte que la presencia de violencia simbólica, con varias expresiones que se contienen, pues tienen como finalidad deslegitimar a la quejosa, al referir que estas expresiones antes mencionadas, resultan que fueron dirigidas con la intención de quitarle legitimidad, humillándola y ofendiéndola al llevar una crítica sustentada con calificativos.

    “Se declara la existencia de la sanción, sin que exista alguna responsabilidad atribuida a los denunciados toda vez que no se encontró a los administradores o al responsable de la cuenta”, concluyó.

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