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    Estás leyendo:Home»Sociedad»Patrones podrían estar evadiendo responsabilidades con empleados

    Patrones podrían estar evadiendo responsabilidades con empleados

    29 junio, 2021 Sociedad
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    Itzell Molina.- Con la finalidad de que la base trabajadora conozca las acciones y pueda evitarlas, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de Hidalgo (STPSH) explicó que existen omisiones que pueden llevar a que un trabajador pierda su empleo sin que el patrón genere responsabilidad algún ante dicho hecho.

    Especificó que en el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, se enlistan las causas por las que se pueden presidir las relaciones de trabajo sin responsabilidad para el patrón, entre las que destacan que el trabajador o su sindicato haya presentado documentos o certificados falsos que acrediten la formación o capacidades del prestador de servicios.

    Detalló que otra causa puede ser acumular más de tres inasistencias sin justificar en un periodo de 30 días, además que el trabajador comparta o revele “secretos” que vayan dirigidos a la fabricación o producción de lo que se genera en el trabajo o información de carácter reservada que pueda perjudicar a la empresa.

    De igual manera, puntualizó que el hecho de presentarse al centro laboral en estado de embriaguez, bajo los efectos de narcóticos o cualquier droga, es motivo de rescisión de contrato laboral, esto con la excepción de que sea por razones de prescripciones médicas que así lo exijan.

    Asimismo, la STPSH recalcó que, si el trabajador muestra faltas de integridad u honradez, en actos tendientes a la violencia, amenazas, injurias o malos tratamientos en contra del patrón, así como de sus familiares, directivos, personal administrativo o cualquiera de los compañeros de trabajo en el centro laboral, es otra causa de rescisión de trabajo sin responsabilidad para el patrón.

    Por último, comentó que, si se comete cualquiera de estas causas de rescisión, el patrón deberá notificarlo de inmediato por escrito al trabajador, en caso de que el trabajador se negara a recibir el aviso, el patrón tendrá que informar a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje dentro de los primeros cinco días de la rescisión, con una fecha límite al 30 de septiembre de 2021, cuando dejará de conocer de estos asuntos.

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