Close Menu
Diario Vía Libre
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Últimas NoticiaS
    • Anuncian a Bogueto en Teatro del Pueblo 
    • Proponen crear instancias de humanidades y ciencias.
    • Orizatlán contra la violencia intrafamiliar
    • Toman alcaldía de Huautla exigen respuesta a demandas
    • En operación nueva línea de agua en MR
    • Solo seis municipios cumplen transparencia presupuestaria
    • Dos empresas operarán el relleno en El Huixmí
    • En marcha operativo vacacional de verano
    Diario Vía Libre
    Suscribete
    sábado, julio 19
    • Inicio
    • Estatal
    • Política
    • Sociedad
    • Deportes
    • Seguridad
    • Columnistas
      • Deslinde
      • El rincón del chaman
      • Miradas de Reportero
      • Escribiendo derecho
      • Entre Periodistas
    Diario Vía Libre
    Estás leyendo:Home»Principal»Desechan Sala Toluca impugnación en El Cardonal

    Desechan Sala Toluca impugnación en El Cardonal

    27 noviembre, 2020 Principal
    Facebook Twitter LinkedIn Email WhatsApp Copy Link Telegram
    Facebook Twitter LinkedIn WhatsApp Email Telegram Copy Link

    Oliver García.- La Sala Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó la impugnación del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en Cardonal y confirmó los resultados que dieron el triunfo al Partido del Trabajo (PT).

    El tricolor pretendía revocar la sentencia del juicio 40 del tribunal local y que se estudiaran agravios exclusivamente respecto de cuatro casillas, pues el órgano local consideró que no tenía caso entrar al fondo del asunto porque los resultados no eran determinantes para cambiar el resultado de los comicios.

    Sin embargo, la Sala Toluca informó que las casillas no constituyen más del 20 por ciento de la secciones electorales del municipio, de ahí que las violaciones señaladas por el PRI no resulten en una diferencia, pues la lógica es que al ser emitidas por una autoridad administrativas, las constancias de mayoría gozan de una presunción  de validez, en tanto no sean refutados en los tribunales.

    “El propio artículo 99 señala que este tribunal federal sólo tendrá posibilidad de conocer en revisión constitucional electoral de aquellas controversias que sean determinantes para el resultado de una elección”, explicó el magistrado David Avante Juárez.

    featured
    Share. Facebook Twitter LinkedIn Email WhatsApp Telegram Copy Link

    Te puede Interesar

    Crisis laboral en Hidalgo por salarios bajos y exclusión

    18 julio, 2025

    Gestiona SNTE pagos salariales completos

    18 julio, 2025

    Apan promueve el bienestar animal

    18 julio, 2025
    Facebook X (Twitter) Instagram
    © 2025 Diario Vía Libre. - Contacto. - Aviso de Privacidad.- Desarrollado por Innovatice Web Solutions.

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.