La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) consintió en primera instancia la controversia constitucional 223/2019, que promoviera el ayuntamiento de Pachuca contra el impedimento de la Secretaría de Obras Públicas y Ordenamiento Territorial (SOPOT) para emitir licencias de urbanización.
El 3 de mayo la SOPOT envió el oficio 0128/2019 en el que avisó a la administración panista que no podía emitir estos documentos porque carecía del Plan Municipal de Desarrollo ante el Registro Público de la Propiedad y el Comercio.
En conferencia de prensa, la alcaldesa Yolanda Tellería Beltrán, informó que el 17 de junio la corte otorgó la suspensión provisional de los actos reclamados, en tanto se resuelve el recurso, por lo que por ahora el gobierno local es el único facultado para emitir las licencias.
Asimismo, dijo que el ayuntamiento tiene el plan; sin embargo, se encuentra en proceso de actualización, lo cual no limita las funciones en esta materia.
Llamó a la ciudadanía a ratificar en el municipio los trámites realizados en la dependencia estatal respecto de autorizaciones de urbanización, régimen de propiedad en condominio, fraccionamiento, subdivisión, construcción, reconstrucción o ampliación.
Mineral de la Reforma también ingresó una controversia constitucional (227/2019) por los mismos asuntos; pese a que el acuerdo fechado 20 de julio la SCJN pide al alcalde Raúl Camacho Baños que justifique los motivos por lo que este presentó el recurso, en lugar de la síndico jurídico Johana Monserrat Hernández.
Por Oliver García